7.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/192 |
Artículo 336
(antiguo artículo 283 TCE)
El Parlamento Europeo y el Consejo establecerán, mediante reglamentos adoptados con arreglo al procedimiento legislativo ordinario y previa consulta a las demás instituciones interesadas, el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión.